Sv Community El Salvador
Discusion General => Chat General => Mensaje iniciado por: +Gatsby en diciembre 15, 2021, 07:27:59 pm
-
Una duda por si hay amigo aqui abogado.
A un trabajador que en el año no trabajo 2 meses por mutuo acuerdo (porque la empresa estaba sin actividad economica y el empleado estaba trabajando en otra parte) se suspende el contrato laboral. pero luego de los 2 meses empieza a trabajar
le toca un aguinaldo proporcional? o siempre le toca el aguinaldo completo?
he buscado info en el codigo de trabajo pero no logro encontrar la duda especifica
-
Una duda por si hay amigo aqui abogado.
A un trabajador que en el año no trabajo 2 meses por mutuo acuerdo (porque la empresa estaba sin actividad economica y el empleado estaba trabajando en otra parte) se suspende el contrato laboral. pero luego de los 2 meses empieza a trabajar
le toca un aguinaldo proporcional? o siempre le toca el aguinaldo completo?
he buscado info en el codigo de trabajo pero no logro encontrar la duda especifica
Le toca proporcional porque el aguinaldo es proporcional al tiempo laborado, sin embargo es cuestion de la empresa darselo completo si ellos asi lo desean.
-
Leéte los artículos del 177 al 182 del Código de Trabajo. Habla sobre las vacaciones, pero allí detalla cuál es el periodo que se considera como 1 año de trabajo, y también habla de la suspensión de contrato. Eso les puede dar un mejor panorama.